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ARTÍCULO 1 – NOMBRE

Una asociación regida por la ley de julio. 1, 1901 y el decreto de agosto 16, 1901 se funda entre los miembros de los presentes estatutos, con el titulo :

Asociación Mundial de Radios Comunitarias-Europa

El nombre habitual es AMARC-Europa..

ARTÍCULO 2 – OBJETIVO

El objetivo de AMARC-Europa es promover el desarrollo de estaciones de radio comunitarias y asociativas y actuar como organización de consulta., coordinación, cooperación, información, intercambio, defensa y promoción de estas emisoras de radio.

En precisión de los principios generales que inspiran su creación., AMARC-Europa persigue los siguientes objetivos

– Permitir la profundización y la comprensión del concepto y el papel de las radios de tipo comunitario o asociativo.,

– Impulsar estas radios como modelo de comunicación ciudadana, alternativa, estructurado y viable,

– Promocionar estas radios como herramienta de información y expresión., desarrollo, vínculo social, inclusión, paz, justicia y solidaridad,

– Promover y facilitar la cooperación y el intercambio de información entre estas radios.,

– Defender las radios comunitarias y asociativas que respeten los valores y principios de AMARC si se ven amenazadas por contextos políticos.,

– Contribuir al desarrollo de la democratización de la comunicación que responda a las necesidades y demandas de las comunidades y territorios para un mejor equilibrio local y global de la información.,

– Facilitar la representación de sus miembros en el escenario europeo e internacional o representarles allí si lo solicitan,

– Representar a los miembros en organismos reguladores y foros de radio en Europa y en todo el mundo.,

– Promover el enlace entre los miembros sobre temas de interés común., incluido el intercambio de personal y comunicaciones,

– Apoyar, acompañar o realizar tareas técnicas, legal, investigación social y cultural que pueda ser útil para el sector y sus comunidades locales., regional, nacional, Relaciones europeas e internacionales,

– Promover el establecimiento y gestión de una red de información y solidaridad con radios comunitarias y asociaciones con sede en países en desarrollo., entre los países de Europa oriental y occidental, los paises del norte y del sur, particularmente a través de proyectos y programas conjuntos,

– Apoyar el desarrollo de la formación profesional y voluntaria, la preparación de materiales y módulos de capacitación para el personal y los voluntarios de la radio,

– Realizar las actividades adicionales que determine la Asamblea General para mejorar los objetivos antes mencionados.

– Representar a Europa dentro de AMARC-International

En los presentes estatutos, se utilizan los siguientes términos

– Por “Emisoras de Radios Comunitarias y Asociativas”:

Una estación de radio sin fines de lucro que brinda un servicio a la comunidad. (territorio) desde el que emite o al que se dirige, mientras alienta, promover y facilitar la expresión y participación de esa comunidad. El término “asociativo de radio” se utiliza en algunos países, como Francia, designar gratis, local, radio territorial por su condición jurídica de asociación sin ánimo de lucro. El término “radio comunitaria” se utiliza en la mayoría de los países del mundo como una traducción literal de “radio comunitaria” que designa un tipo de estación de radio que es una alternativa a las estaciones de radio comerciales y de servicio público y desarrolla programas de interés público.

– Por “Asociación o Federación”:

Legal, regional, entidades nacionales o internacionales formadas y controladas por asociaciones miembro y estaciones de radio comunitarias.

– Por “Grupo de producción”:

Un grupo sin fines de lucro con una estructura participativa democrática o una asociación de dicho grupo que trabaja para desarrollar estaciones de radio comunitarias o de asociación o un grupo que produce programas transmitidos por estaciones de radio no comunitarias o de asociación ubicadas en áreas geográficas donde no hay estaciones de radio comunitarias o de asociación. existir.

– Por “AMARC”:

La Asociación Mundial de Radios Comunitarias, conocido como AMARC, es la organización internacional no gubernamental (OING) para la promoción, Apoyo y desarrollo de la radio comunitaria a nivel mundial., con AMARC-Europa como su representación regional europea.

– Por “Europa”:

Europa entendida en el sentido geográfico del término, incluyendo Rusia hasta los Urales, pavo, los países ribereños del Mediterráneo y del Mar Negro, los países elegibles en los programas europeos, así como cualquier otro país, territorio o región determinada por la Junta Directiva

ARTÍCULO 3 – OFICINA REGISTRADA

La oficina central está ubicada en

La casa de las radios

187 bulevar Anatole Francia

93200 San Denis – Francia

Podrá ser transferido por simple decisión del Consejo Directivo..

Artículo 4 – DURACIÓN

La duración de la asociación es ilimitada..

ARTÍCULO 5 – AFILIACIÓN

Los miembros de AMARC-Europa son personas físicas o jurídicas que se comprometen a respetar los estatutos y reglamentos y cuya solicitud de membresía es aceptada por las autoridades designadas.. Esta membresía se confirma mediante el pago de una cuota de membresía.. La asociación está compuesta por un número ilimitado de miembros titulares. (También llamados miembros activos.) y miembros asociados. Los miembros no asumen ninguna responsabilidad personal por los compromisos de la asociación..

Miembros activos o adherentes, miembros regulares :

La solicitud de membresía en AMARC debe realizarse por escrito a la Junta Directiva., que tiene un tiempo razonable para considerarlo y tomar su decisión. Esta decisión deberá ser ratificada en la próxima Asamblea General.

– Entidades legales, radios comunitarias y asociaciones, sindicatos, federaciones y sindicatos, grupos de producción, debe cumplir las siguientes condiciones

o Estar dotados de personalidad jurídica y haber sido constituidos regularmente de acuerdo con las leyes y costumbres del país de su sede

o Tener su sede en Europa según la definición dada en el artículo 2

o Adherirse a la declaración de principios de AMARC

o Adherirse a los presentes estatutos.

o Haber designado un representante oficial (llamado delegado permanente en los presentes estatutos), una persona física elegida entre los miembros de su propia dirección, su personal, su equipo de voluntarios.

– Sólo los miembros regulares pagados tienen derecho a votar en las reuniones del órgano de administración general y disfrutan de todos los derechos otorgados a los miembros por la ley y estos estatutos..

Miembros asociados:

La membresía asociada está abierta a cualquier persona física o jurídica que no pueda ser admitida como miembro regular pero que desee ayudar a la asociación o participar en sus actividades y que cumpla con las siguientes condiciones:

– Estar dotado de personalidad jurídica y haber sido constituido regularmente de acuerdo con las leyes y costumbres del país de su domicilio social.

– Tener su sede en Europa según lo definido en el artículo 2

– Adherirse a la declaración de principios de AMARC

La asociación también puede acoger a miembros concretos.:

Miembros honorarios

La condición de miembro honorario es una distinción honorífica.. este individuo, reconocido por sus cualidades, constituye un apoyo serio y adquirido al objetivo de la asociación. Esta distinción puede afectar a personas ajenas a la asociación..

Miembros benefactores

Estos son los que han aceptado, para apoyar económicamente a la asociación, pagar una contribución superior a la adeudada por el “activo” miembros, o, más simple, aquellos que envían regularmente donaciones a la asociación.